Ramiro Basili

Esta garantía se encuentra consagrada en el artículo 20, inciso 2, de la Carta Política, que testa: "Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura."

Como se puede entender los medios de comunicación, son libres, pero están limitados por la responsabilidad social, significando que no se trata de una libertad absoluta, sino también controlada y que por lo tanto, serán responsables por los daños que generen sus acciones desmedidas. Descartandose así, la inmunidad que algunos medios y periodistas creen que tienen.

Puede presentarse el caso, en que el medio de comunicación se retracte en condiciones de equidad, pero sin embargo por la información torticera, si se genera un daño contra la persona o la comunidad y que se pueda objetivizar,  el medio deberá indemnizar el perjuicio causado tasable en dinero. en virtud de la responsabilidad social que le asiste.

Por otra parte, se deberá entender que está proscrita la censura periodística, haciéndose entonces necesario, que la fuente noticiosa sea objetiva, cierta y verás, aunque no se requiera que se demande la revelación de la fuente, la que estará amparada por la presunción de buena fe y de verdad, la que en un proceso judicial y/o administrativo, podrá ser controvertida.

En el caso del periodista de Blub Radio, Néstor Morales, quien al realizar una entrevista a una persona que participara en una manifestación pública, furtivamente le indica las coordenadas y ubicación de la instalaciones de RTVC, para que en una próxima manifestación se dirija allí la protesta y se atente contra el mismo, dicha provocacion a través del medio radial, podría responsabilizarlo en el evento de darse, al estarse incitando y  haciendo mal uso de la libertad de comunicación de que está investido, donde no sólo responderá el medio, sino también el periodista por faltar a la ética, siempre y cuando exista el Código Deontologico el que está en veremos, al considerar de manera estrafalaria, que está regulación de conductas, iría en contra de la libertad de prensa hoy convertida en libertinaje absoluto.

Por consiguiente, considero que los medios y los periodistas, que se dedican a la desinformación, después de ser sometidos a un proceso judicial y/o administrativo, podrían ser sancionados por la afectación de los derechos sociales e individuales que produzcan, pues ninguna acción humana está por fuera de control en el Estado Social de Derecho.

POR LA COLEGIACIÓN DE LOS ABOGADOS...NI UN PASO ATRÁS...UNIDOS VENCEREMOS!

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